QUANTICO informa, de las Ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios

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Categoría: Actualidad, Ayudas, Empresa, Quantico, Sin categoría, Subvenciones, Subvenciones y Ayudas

Objetivos:

Podrán ser susceptibles de ayuda aquellas actuaciones que resultando priorizadas supongan, con carácter general, la consecución de los siguientes objetivos:

 

  1. Mejorar la orientación al mercado y aumentar la competitividad, en particular, haciendo mayor hincapié en la investigación, la tecnología y la digitalización, mediante alguna de las siguientes acciones:
  2. Innovación,
  3. Aumento de tamaño,
  4. Creación de empresas,
  5. Internacionalización,
  6. Búsqueda de nuevos productos y/o mercados,
  7. Incorporación de nuevos procesos de elaboración y tecnologías (TIC…)
  8. Mejora de la calidad,
  9. Seguridad alimentaria.

 

  1. Promover el empleo, el crecimiento, la inclusión social y el desarrollo local en las zonas rurales, incluyendo la bioeconomía y la silvicultura sostenible, mediante alguna de las siguientes acciones:
  2. Procesos de integración,
  3. Valorización de subproductos,
  4. Nuevas instalaciones de iniciativas comercializadoras y/o transformadoras de productos agrarios y/o agroalimentarios en el medio rural que aprovechen las materias primas presentes en el mismo.

 

Requisitos de los solicitantes

  1. Podrán solicitar las ayudas reguladas en esta Orden las Personas físicas o jurídicas, y las comunidades de bienes, que en su condición de tales, desarrollen o vayan a desarrollar, ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, una actividad industrial productiva siempre que recaiga sobre ellas la carga financiera, y sean responsables finales de las inversiones y gastos que se consideren subvencionables, y tengan, dentro de su objeto social, el desarrollo de alguna de las siguientes actividades incluidas en el CNAE-2009, condicionado a las limitaciones sectoriales:

 

  • CLASE 01.63. Actividad de preparación posterior a la cosecha (Centrales hortofrutícolas)
  • CLASE 20.53. Fabricación de aceites esenciales
  • DIVISIÓN 10. Industria de la alimentación
  • DIVISIÓN 11. Fabricación de bebidas

 

  1. Contará con el Registro de Industria Agraria actualizado e inscrito en el Registro correspondiente, así como con el Registro Sanitario de alimentos.
  2. Los solicitantes deberán ser titulares de los terrenos donde se proceda a realizar las inversiones solicitadas. En caso de arrendamiento, éste tendrá una duración de plazo superior a los cinco años desde el pago final de la ayuda, donde se realizará la inversión.

 

Inversiones subvencionables.

 

  1. Serán subvencionables las siguientes actuaciones:

 

  1. a) La construcción y adquisición (incluido el arrendamiento financiero) o mejora de bienes inmuebles.
  2. b) La compra de maquinaria y equipos nuevos, hasta el valor de mercado del producto. Será posible el arrendamiento con opción de compra si a fecha de solicitud de pago el beneficiario es propietario de la maquinaria o equipo.
  3. c) Los costes generales vinculados a los gastos contemplados en las letras a) y b), tales como honorarios de arquitectos, ingenieros, auditores y asesores, honorarios relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y medioambiental, incluidos los estudios de viabilidad.
  4. d) las siguientes inversiones intangibles: adquisición o desarrollo de programas informáticos y adquisiciones de patentes, licencias, derechos de autor, marcas registradas.

 

La suma de los gastos contemplados en las letras c) y d) tendrán el límite del 10% de la suma de la inversión subvencionable de las letras a) y b).

 

  1. Las inversiones a subvencionar no podrán comenzar antes de la presentación de la solicitud de ayuda y del levantamiento del Acta de no inicio.

 

  1. En el caso de inversiones para la generación de energías renovables se deberán de respetar los criterios de sostenibilidad de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero establecidos en la Directiva de energías renovables 2018/2001.

 

Intensidad de la ayuda

 

tabla

Plazo de Presentación:

  • Hasta el 25/06/2024

 

 

Más información: info@quanticoconsultores.es, 691486152 ó al 968713016

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