Ayudas del Instituto de Fomento de la Región de Murcia dirigidas a la entrada de inversores privados en empresas innovadoras con alto potencial de crecimiento.

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Inversor
Categoría: Actualidad, Ayudas, Empresa, Financiación, Quantico, Sin categoría, Subvenciones y Ayudas

Objetivo:

  1. Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras, para la concesión de subvenciones dirigidas a la realización de proyectos empresariales en las fases de creación y consolidación de empresas innovadoras y/o escalables con alto potencial de crecimiento, con el fin de acelerar el crecimiento de estas empresas
  2. Los proyectos subvencionables podrán ser algunos de los siguientes:
  3. a) Proyectos de innovación de producto o proceso: proyectos de desarrollo de nuevos productos, procesos o servicios o de mejoras de los ya existentes, incluyendo las pruebas de concepto y prototipado, diseño o rediseño de producto, proceso, envase o embalaje, así como otros proyectos de innovación que tengan un impacto relevante en la cadena de valor de la empresa.
  4. b) Proyectos de inversión productiva. La finalidad es apoyar los proyectos de inversión en activos materiales e inmateriales relacionados con la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de la capacidad de un establecimiento existente, la diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el mismo, o una transformación fundamental del proceso global de producción de un establecimiento existente.
  5. c) Proyectos de digitalización de la gestión y prestación de servicios de la empresa: proyectos de carácter tecnológico, con el objetivo de establecer una clara mejora competitiva, que consistan en la introducción efectiva de tecnologías en la empresa para su transformación digital, con la finalidad de mejorar los productos/servicios, los procesos o los modelos de negocio. También se incluirán en este apartado el desarrollo por parte del personal de la empresa de aplicaciones informáticas y adquisiciones de la propiedad intelectual e industrial, incluyendo licencias de fabricación o de conocimientos técnicos.
  6. d) Proyectos de promoción, lanzamiento y posicionamiento de producto o servicio, que pueden incluir acciones para comunicar, informar y dar a conocer la existencia de un producto o servicio al mercado al que va dirigido.
  7. e) Proyectos de internacionalización de producto o servicio: proyectos que incluyen el diagnóstico de posición competitiva de la empresa y de su potencial de internacionalización, así como la elaboración y ejecución de sus planes de marketing internacional para impulsar su introducción y consolidación en los mercados exteriores y la mejora de su competitividad, mediante acciones encaminadas a la apertura de nuevos mercados o la introducción de nuevos productos, incluyendo entre ellas la participación en ferias internacionales y eventos expositivos, acciones de marketing internacional, registro de patentes, marcas e implantaciones en el exterior.
  8. f) Otras tipologías de proyectos que impulsen el crecimiento y la innovación de la nueva empresa que puedan establecerse en la correspondiente convocatoria.

 

Beneficiarios:

  1. Podrán acogerse a las subvenciones previstas en esta Orden las PYMES con forma societaria mercantil de cualquier sector de actividad, salvo las dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y de la acuicultura y a la producción primaria de los productos agrícolas, y que cumplan los siguientes requisitos:
  2. a) que sean empresas innovadoras con potencial tecnológico y/o escalables.
  3. b) que desarrollen las actividades del proyecto subvencionado dentro del ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, mediante un centro de trabajo abierto en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
  4. c) que su actividad se enmarque en los ámbitos considerados prioritarios en la Estrategia de Especialización Inteligente de la Región de Murcia (RIS4 Región de Murcia, https://www.ris4regiondemurcia.es), de conformidad con lo previsto en el Anexo I.

 

ANEXO I: LISTADO DE CNAEs INCLUIDOS EN LA RIS4 REGIÓN DE MURCIA 2021  2027, EXCLUIDA  LA  PRODUCCIÓN  PRIMARIA,  LA  PESCA  Y  LA  ACUICULTURA,  NO  ELEGIBLES  EN  ESTAS  BASES  REGULADORAS

 

Tabla anexo

 

 

tabla 2

 

tabla 3

tabla 4

 

Cuantía de la subvención:

 

La cuantía máxima de subvención a aportar por el Instituto de Fomento a cada beneficiario en cada una de las convocatorias no podrá exceder de ciento ochenta mil ochocientos euros (180.800 €). La intensidad máxima de la subvención podrá ser de hasta el 100% sobre el gasto subvencionable, y su cálculo se hará según la tipología de ronda definida en el artículo 3.4 de estas Bases:

  1. a) Ronda Pre-semilla: una subvención de 10.000 euros por los primeros 10.000 euros invertidos más un 10% de las cantidades adicionales aportadas por los inversores privados vía capital, prima de emisión o nota convertibles.
  2. b) Ronda Semilla: una subvención de 25.000 euros sobre los primeros 160.000 euros más un 7% de las cantidades adicionales aportadas por los inversores privados vía capital, prima de emisión o nota convertibles.
  3. c) Ronda Serie A: una subvención de 73.300 euros sobre los primeros 850.000 euros invertidos más un 5% de las cantidades adicionales aportadas por los inversores privados vía capital, prima de emisión o nota convertible.

 

Plazo de presentación de las solicitudes:

Hasta el 31 de diciembre de 2024

 

 

Más información: info@quanticoconsultores.es, 691486152 ó al 968713016

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